Real Decreto 561/2010, de 7 de Mayo, por el que se crean la Medalla y la Placa al Mérito en el Comercio
Creación de la Medalla y Placa al Mérito en el Comercio.
Objeto
Distinguir a las personas físicas, españolas o extranjeras, que se hayan destacado de forma relevante por sus actuaciones en el ámbito del comecio y por su colaboración o apoyo a la política comercial española.
Derechos inherentes
- Carácter honorífico, sin derecho económico alguno.
- Derecho a su exhibición, y podrá hacer constar su posesión en impresos, documentos, anuncios y publicidad.
Procedimiento
- Procedimiento de concesión:
- De oficio, a iniciativa de la Secretaría de Estado de Comercio.
- A instancia de autoridades y representantes legales de corporaciones, asociaciones o entidades vinculadas al ámbito comercial.
- De oficio, a iniciativa de la Secretaría de Estado de Comercio.
- Deberá ir acompañada de una memoria, donde se relacionen los méritos de los candidato u otro informe oportuno.
Entrada en vigor: día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.
Editor: BORM
Descargar adjunto: BOE-A-2010-8191.pdf
Enlace externo: http://www.borm.es

